Sunat atendió el 96% de solicitudes de devolución de impuestos a personas naturales

Las devoluciones del Impuesto a la Renta (IR) a contribuyentes alcanzaron un hito. Hasta el momento, se han procesado y abonado más de S/ 224 millones a más de 132 000 personas naturales que presentaron su Declaración Anual de Renta 2024 antes de la fecha límite.
Ello significa que "el 96% de las solicitudes de devolución han sido atendidas exitosamente hasta la fecha", informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
La optimización de los procesos implementados por la Sunat está permitiendo la atención de las solicitudes de devolución en un plazo menor al establecido por ley, lo que contribuye a que las personas naturales que declaran y cumplen con su responsabilidad tributaria dispongan de sus recursos con mayor rapidez.
¿A quiénes corresponden estas devoluciones?
Las devoluciones atendidas corresponden a rentas de trabajo de personas naturales —trabajadores independientes y dependientes— que durante el año 2024 generaron saldos a favor por:
- Gastos deducibles de hasta 3 UIT, como aquellos que solicitaron boleta de venta electrónica por consumo en restaurantes y hoteles.
- Retenciones y pagos en exceso del Impuesto a la Renta.
Proceso totalmente digital
El proceso de solicitud de devolución es completamente digital y se realiza a través del APP Personas o del portal web de la Sunat. Los contribuyentes pueden verificar si tienen un saldo a favor y solicitar la devolución, optando por el abono directo a su cuenta bancaria mediante el registro de su Código de Cuenta Interbancaria (CCI).
Si no registró su CCI o desea actualizarlo, la Sunat ofrece la opción de hacerlo posteriormente a la presentación de la declaración. La cuenta bancaria debe estar:
- A nombre del beneficiario de la devolución.
- En moneda nacional.
- No destinada al abono de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Para obtener información detallada, los contribuyentes pueden visitar el portal especializado de la Sunat.
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