Nueva tasa de IGV para hoteles y restaurantes será 10.5% desde el 2026: ¿Qué implica este cambio?

A partir del 1 de enero de 2026, los establecimientos del sector hotelero y gastronómico acogidos al régimen especial de la Ley N.º 31556 deberán aplicar una nueva tasa total del 10.5%, resultado del incremento progresivo del Impuesto de Promoción Municipal (IPM) por la Ley N.º 32387. La composición anterior (10% total: 8% IGV y 2% IPM) cambia a mantener el 8% de IGV pero elevar el IPM a 2.5%. Este ajuste es parte de un proceso gradual que continuará hasta 2029, cuando el IPM alcanzará el 4%.
Adecuación de sistemas por parte de SUNAT
La SUNAT actualizó su plataforma de emisión electrónica permitiendo la aplicación de la nueva tasa. Los contribuyentes deben adecuar sistemas de facturación y mecanismos de cálculo automático para evitar inconsistencias tributarias, dado que errores pueden generar observaciones o sanciones.
Alcance del cambio
El cambio aplica exclusivamente a restaurantes, hoteles y servicios de alojamiento en el esquema especial, sin afectar actividades del régimen general del IGV (tasa del 18%). Aunque el incremento de 0.5% parezca menor, puede impactar financieramente en negocios con alto volumen operacional, requiriendo:
- Ajustes de precios y recálculo de márgenes.
- Actualización de sistemas de facturación y POS.
- Revisión de contratos con clientes y proveedores.
- Recálculo de proyecciones económicas y financieras.
Recomendaciones clave
Se recomienda:
- Revisar la configuración de sistemas contables y de facturación electrónica.
- Capacitar al personal administrativo-contable sobre las nuevas disposiciones.
- Verificar la alineación con nuevas disposiciones de cálculo del IGV e IPM.
- Anticipar los efectos acumulativos del IPM hasta 2029 al planificar precios y flujo de caja.
¿Tu negocio está listo para aplicar la nueva tasa? En GERENCIA.COM te acompañamos en la revisión tributaria y adecuación normativa.
